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Ley 2381 – Reforma Pensional: Ejercicio Practico
En el presente texto, encontrara una descripción de la La Ley 2381 de 2024, reforma pensional y también un ejercicio practico sobre la reforma la establece un Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, estructurado en cuatro pilares fundamentales:
- el Pilar Solidario,
- el Pilar Semicontributivo,
- el Pilar Contributivo y
- el Pilar de Ahorro Voluntario.
Cada uno de estos pilares tiene características específicas que buscan garantizar la protección social de los ciudadanos colombianos frente a contingencias relacionadas con la vejez, la invalidez y la muerte.
El Pilar Solidario está diseñado para beneficiar a las personas en condiciones de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, conforme a criterios de focalización establecidos por el Gobierno nacional. Este pilar se financia a través de recursos del Presupuesto General de la Nación y busca garantizar una renta básica solidaria para amparar las condiciones mínimas de subsistencia de los adultos mayores pobres y de hombres mayores de 55 años con discapacidad o mujeres mayores de 50 años que no cuentan con una fuente de ingresos que garantice su vida digna (Ley 2381 de 2024, Art. 3).
El Pilar Semicontributivo está destinado a aquellas personas que, al alcanzar los 65 años (hombres) o 60 años (mujeres), no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión contributiva, pero que han cotizado al sistema.
Estas personas podrán acceder a un Beneficio Económico financiado con recursos del Presupuesto General de la Nación y sus propios aportes (Ley 2381 de 2024, Art. 3).
Ejercicio practico Pilar Contributivo de la Ley 2381 Reforma Pensional
Por su parte, el Pilar Contributivo se centra en trabajadores dependientes e independientes que tienen capacidad de pago para efectuar cotizaciones, permitiéndoles acceder a pensiones integrales de vejez, invalidez o sobrevivientes. El Pilar Contributivo se divide en dos componentes: el Componente de Prima Media y el Componente Complementario de Ahorro Individual.
El primero está destinado a quienes cotizan entre uno y dos punto tres salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), mientras que el segundo se aplica a quienes tienen ingresos superiores a esta cantidad (Ley 2381 de 2024, Art. 3). Esta estructura permite que los trabajadores que contribuyen al sistema puedan acceder a beneficios proporcionales a sus aportes, promoviendo así un sentido de responsabilidad individual y colectiva en la financiación del sistema de protección social.
En aplicación de lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley 2381 de 2024, el Pilar Contributivo se estructura en dos componentes complementarios que permiten ajustar el nivel de protección social al perfil de ingreso de cada afiliado; el Componente de Prima Media acoge las cotizaciones por ingresos base de cotización entre uno (1) y dos punto tres (2,3) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), destinando estos recursos a un fondo común administrado por Colpensiones, mientras que el Componente Complementario de Ahorro Individual acopia las cotizaciones por la porción de ingreso que supera los 2,3 smlmv y hasta un tope de veinticinco (25) smlmv, permitiendo la conformación de cuentas individuales de ahorro que se invierten en fondos generacionales reglamentados por el Gobierno Nacional .
Durante la etapa de acumulación, las administradoras invierten los recursos de los afiliados con el objetivo de procurar la mejor mesada pensional posible, asumiendo niveles de riesgo decrecientes a medida que se aproxima la edad de jubilación y conforme a los lineamientos del Decreto 514 de 2025 (art. 2.2.4.18.11); a su vez, las entidades tienen la obligación de reconocer la pensión integral de vejez en un plazo máximo de cuatro (4) meses desde la solicitud y de incluir al beneficiario en nómina en sesenta (60) días calendario posteriores, garantizando así rapidez y certeza en la materialización del derecho pensional .
Ejemplo de la Reforma
Considere un trabajador independiente que, al cumplir 62 años y tras 25 años de cotización sobre un ingreso base de 3,5 smlmv (equivalente a COP $4 550 000, con smlmv de COP $1 300 000 según Decreto 2292 de 2023), obtendría la siguiente estructura de aportes y mesada pensional:
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Ingreso base de cotización: 3,5 smlmv = COP $4 550 000 mensuales.
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Componente de Prima Media (hasta 2,3 smlmv = COP $2 990 000):
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Cotización (16 %): COP $478 400
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Aporte empleador (75 %): COP $358 800
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Aporte afiliado (25 %): COP $119 600
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Componente Complementario de Ahorro Individual (excedente de 1,2 smlmv = COP $1 560 000):
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Cotización (16 %): COP $249 600
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Aporte empleador (75 %): COP $187 200
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Aporte afiliado (25 %): COP $62 400
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Cotización total mensual: COP $728 000 (16 % de COP $4 550 000), distribuida en COP $546 000 a cargo del empleador y COP $182 000 a cargo del afiliado .
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Estimación de pensión integral:
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Prima Media: aplicación de tasa de reemplazo del 65 % sobre COP $2 990 000, resultando en COP $1 943 500 mensuales.
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Complementario: capital acumulado de COP $249 600 mensuales durante 300 meses (25 años) = COP $74 880 000; renta vitalicia ≈ COP $74 880 000 ÷ 209 meses = COP $358 000 mensuales, conforme a la reglamentación del Decreto 514 de 2025 (art. 2.2.4.18.11).
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Pensión integral aproximada: COP $1 943 500 + COP $358 000 ≈ COP $2 301 500 mensuales .
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Los principios que rigen estos pilares son la universalidad, la solidaridad y la dignidad. La universalidad garantiza que todas las personas, sin discriminación, tengan derecho a acceder a la protección social. La solidaridad implica un apoyo mutuo entre diferentes sectores de la sociedad, mientras que la dignidad reconoce el valor inherente de cada individuo (Ley 2381 de 2024, Art. 4). Estos principios son fundamentales para asegurar que el sistema no solo sea inclusivo, sino también respetuoso de los derechos humanos.
En conclusión, los pilares definidos en la Ley 2381 de 2024 representan un avance significativo en la construcción de un sistema de protección social integral en Colombia. Al abordar las necesidades específicas de diferentes grupos poblacionales y al incorporar principios fundamentales, esta ley busca crear un marco robusto que garantice la seguridad social y el bienestar de todos los ciudadanos, especialmente aquellos más vulnerables.
Referencias Normativas
- Ley 2381 de 2024
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